miércoles, 29 de diciembre de 2010

DIRECTIVA PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2011- NORMAS DE CARÁCTER TRANSVERSAL

DOCUMENTO III - indicaciones para el año lectivo 2011

En el presente capítulo de la directiva para el trabajo lectivo 2011 tenemos los temas de:
1. Interculturalidad y bilingüismo,
2. el tema de la inclusión,
3. tutoría y orientación educativa.
4. Educación ambiental, de gestión de riesgos, para la conservación de la salud y comunitaria.
5. Promoción de la cultura y el deporte
En este documento están las fechas consideradas para los simulacros de sismos a nivel nacional…Leamos …

1. INTERCULTURALIDAD Y BILINGÜISMO

Las IE públicas y privadas:

- Bajo responsabilidad del Director, deben asegurar desde la propuesta pedagógica del PEI el principio de interculturalidad concordante con el artículo 8º de la Ley General de Educación, posibilitando:
- El conocimiento, respeto, valoración y diálogo con las distintas culturas existentes en su entorno y fuera de él.
- El ejercicio de su identidad y conciencia ciudadana y cívica, expresada en la convivencia democrática, para el logro de la paz.
- La asunción de conductas no discriminatorias relacionadas con etnia, lengua, sexo, religión y discapacidad.
- La resolución de conflictos mediante el diálogo y el mantenimiento de relaciones armoniosas con su entorno ecológico.
- La participación de los padres de familia, sabios y líderes de la comunidad en los procesos de enseñanza y aprendizaje

La IE intercultural bilingüe debe:

- Contar con un diagnóstico socio y psicolingüístico.
- Promover el aprendizaje y el desarrollo de la lengua originaria y del castellano como segunda lengua.
- Implementar los procesos de diversificación curricular con pertinencia cultural y lingüística incorporando saberes, valores, conocimientos, normas de organización correspondiente a la cultural local, regional y nacional, acorde con los lineamientos de diversificación regional y local.
- Contar con docentes que dominen la lengua originaria y el castellano, en forma oral y escrita.

Las DRE, UGEL y Municipalidad deben:

- Asegurar que las IE bilingües cuenten con docentes y/o promotoras educativas comunitarias que conozcan la cultura local y dominen la lengua originaria de la comunidad, tanto oral como escrita.
- Facilitar la capacitación de los docentes que trabajan en IE-EIB.
- Implementar el uso del alfabeto y normas ortográficas de la lengua originaria de su ámbito oficializada por la DIGEIBIR, promoviendo así su uso social.
- Establecer los mecanismos para asegurar la participación de las organizaciones indígenas y comunales en la gestión del proceso educativo.
- Supervisar a las IE para asegurar que los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes se impartan considerando la lengua materna, sea esta originaria o el castellano, así como una segunda lengua.
- Iniciar el proceso de identificación de las IE que deberían recibir una Educación Bilingüe, según cumplan alguno de los siguientes criterios:

- Lingüístico. Existencia de estudiantes que hablan la lengua originaria de la comunidad donde se encuentra la IE, presentan diversos grados de bilingüismo, y se tiene en consideración procesos de revitalización de dicha lengua originaria y la IE se ubica en el territorio de una comunidad indígena, forma de organización sociopolítica y cultural.
- Cultural. El contexto en el que se ubica la IE se caracteriza por corresponder a una matriz cultural andina, amazónica, costeña enraizada en culturas originarias en la cual se habla la lengua originaria.
- Autoadscripción. En aquellas comunidades en procesos de revitalización de lenguas y culturas que soliciten ante la UGEL o DRE, recibir una educación bilingüe.

- Difundir los programas radiales “La Escuela del Aire”, fomentando la participación de los padres en la educación de sus hijos menores de tres años con pertinencia cultural y lingüística, haciendo uso del Manual para padres y otros recursos pedagógicos que contribuyan a emitir mensajes educativos.

2. INCLUSIÓN

Las IE inclusivas públicas y privadas de EBR, EBA y ETP deben:

- Proceder a la matrícula del estudiante con Necesidades Educativas Especiales (NEE) de acuerdo con la edad normativa en cada nivel y modalidad.
- Queda terminantemente prohibido, bajo responsabilidad del Director de la IE, la exigencia de documentos y otros requisitos en materia de la realidad especial del niño como requisito para la matrícula, que sea impedimento y dificulte el acceso al sistema educativo inclusivo.
- La evaluación del estudiante con discapacidad debe ser permanente y de proceso durante el año escolar.
- Garantizar la plena participación de los estudiantes con discapacidad en todas las actividades de la IE.
- Facilitar la atención educativa para estudiantes con NEE, asegurando la organización de la IE para tal fin.
- Asegurar las condiciones de accesibilidad para garantizar la atención educativa de los estudiantes con NEE asociadas a discapacidad.
- Realizar acciones de sensibilización a la comunidad educativa.
- En cuanto a la evaluación de los estudiantes:
- Asegurar el tránsito de un grado a otro en función de las competencias que hayan logrado y la edad cronológica, respetando el principio de integración educativa y social.
- Orientar y definir las acciones de evaluación de los aprendizajes, teniendo en cuenta la diversificación y adaptaciones curriculares en base a la evaluación psicopedagógica y el plan de orientación Individual del estudiante con discapacidad, talento y/o superdotación.
- Formular los respectivos niveles de logro para la promoción y certificación de los estudiantes con NEE, considerando las adaptaciones curriculares.
- Cumplir las disposiciones establecidas en el D.S. Nº002-2005-ED, la RM N° 069-2008-ED y la Directiva Nº 076-2006-VMGP-DINEBE.

La IE Inclusiva pública debe:
- Coordinar con el Centro de Educación Básica Especial (CEBE) de su jurisdicción, para recibir las orientaciones del Servicio de Asesoramiento y Atención a las Necesidades Educativas Especiales (SAANEE), a fin de asegurar una inclusión efectiva.

Las DRE, UGEL y Municipalidad, según corresponda deben:

- Constituir a través de una Resolución Directoral los equipos especializados de los SAANEE determinando su ámbito de intervención y responsabilidad asegurando cubrir todas las IE de su jurisdicción.
- Programar la asignación presupuestaria para la expansión de los Programas de Intervención Temprana PRITE, creación e implementación de los CREBE, para el fortalecimiento de los CEBE y SAANEE, considerando los recursos humanos, infraestructura, mobiliario, equipamiento, servicios y gastos de movilidad para el desplazamiento del equipo SAANEE.
- Constituir un SAANEE a nivel de DRE y/o UGEL en los lugares donde no existe un CEBE de acuerdo al DS Nº 002-2005-ED y Directiva Nº 076-2006-VMGP-DINEBE para asegurar una atención de calidad en las IE de EBR, EBA, EBE y ETP.
- Promover el desarrollo de capacidades en los agentes educativos para la atención de los estudiantes con discapacidad, talento y superdotación.

3. TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA

Las DRE, UGEL y Municipalidad deben:

- Garantizar y supervisar la implementación de la Tutoría y Orientación Educativa en las IE de los niveles y modalidades de Educación Básica, de acuerdo con lo dispuesto en la RD Nº 0343-2010-ED.
- Fortalecer las capacidades en los docentes de las Instituciones Educativas para que garanticen la calidad de la Tutoría y Orientación Educativa impartida a los estudiantes.
- Distribuir los materiales educativos recibidos y supervisar su uso por parte de los docentes de las IE públicas. Asimismo, enviar un informe de la distribución a la DITOE, tanto impreso como en digital.
- Aprobar y supervisar las acciones de las ONG que desarrollan programas relacionados con la tutoría en las Instituciones Educativas. La implementación de programas relacionados con los temas de Tutoría debe tener la autorización de la UGEL, ciñéndose a los lineamientos pedagógicos establecidos por la DITOE.
- Contar con un directorio de instituciones públicas y/o privadas con las que se establecen convenios o alianzas estratégicas para apoyar la acción tutorial en las Instituciones Educativas.

La IE pública debe:
- Informar a la UGEL de las acciones que se desarrolla con el apoyo de otras instancias como ONG, instituciones privadas entre otros.
- Conformar y aprobar, mediante Resolución Directoral, el Comité de Tutoría, la designación de su coordinador y del responsable de la Convivencia y Disciplina Escolar.
- Asegurar en cada sección del nivel de Educación Primaria y Secundaria mínimo una hora semanal de tutoría como parte de la jornada laboral del docente. En ningún caso, un docente de la IE tendrá la tutoría en más de dos secciones. En el nivel de Educación Inicial deberá priorizarse el trabajo con madres y padres de familia para contribuir a la adquisición de pautas de crianza que favorezcan el desarrollo de sus hijos.
- Implementar la Defensoría Escolar del Niño y del Adolescente (DESNA) y otras formas de organización estudiantil que favorezcan el desarrollo de climas institucionales positivos para el logro de los aprendizajes. Todo esto en el marco de la Campaña: “Tengo Derecho al Buen Trato”.

Las IE públicas y privadas deben:

- Asegurar que los estudiantes reciban la atención requerida derivándolos a los especialistas pertinentes, con un informe de la dirección. Las IE no realizan terapias ni tratamiento psicológico.
- Promover la participación estudiantil con énfasis en el liderazgo tanto femenino como masculino de forma democrática de las niñas, niños y adolescentes, con igualdad de oportunidades, para fortalecer su identidad personal, autoestima y su formación ciudadana.
- En cuanto a la existencia de niñas o adolescentes embarazadas o madres:
- Garantizar el inicio o continuidad de sus estudios en la institución educativa (Ley N° 27337-Código de los Niños y Adolescentes).
- Realizar acciones de sensibilización sobre la no discriminación y/o estigmatización de acuerdo a la R.D. N° 343-2010-ED.
- Implementar estrategias para asegurar la orientación a los padres y madres de familia: Escuela de Padres u otras.
- Informar a la UGEL de las acciones y proyectos que las ONG u otras instituciones realicen, en las instituciones educativas, las cuales se enmarcarán dentro de los lineamientos de política educativa del Sector; asimismo, estas no deben afectar las horas de labor efectiva de los docentes.
- Asegurar la implementación de:
- Acciones que promuevan el uso seguro del internet por los estudiantes con fines formativos, previniendo que no conduzca a informaciones y exposiciones que atenten contra su integridad física y moral como el cyberacoso o cyberbullying.
- Acciones de promoción del conocimiento y toma de conciencia de los derechos del consumidor, comprendidos en la Ley N° 29571. Estas acciones deben estar incorporadas en el PCI, el PAT y el desarrollo de unidades didácticas, con el propósito de fortalecer en los estudiantes una cultura de consumo, que les permita actuar con conocimiento ante cualquier abuso o arbitrariedad que afecte sus derechos como consumidor.
- Desarrollar Programas orientados a:
- Educación Sexual Integral: Para lograr que los estudiantes se desarrollen como personas autónomas, que ejerzan su sexualidad de manera plena, responsable y saludable de acuerdo con los lineamientos educativos y orientaciones pedagógicas de la R.D. N° 180-2008-ED.
- Educación para la prevención de Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), VIH y el SIDA: Para desarrollar en los estudiantes capacidades, conocimientos y valores que les permitan asumir comportamientos responsables y saludables orientados a prevenirlas, en el marco de la conservación de la salud integral y el desarrollo humano, de acuerdo con la R.D. N° 181-2008-ED.
- Promoción para una Vida sin Drogas: Para desarrollar en los estudiantes, capacidades y actitudes que les permitan manejar situaciones de riesgo relacionadas al consumo de drogas y otras adicciones; en el marco de un estilo de vida saludable y tomando en cuenta la Campaña Educativa Nacional “Estudiantes sanos libres de drogas”. RVM N° 004-2007-ED.
- Derechos Humanos, Convivencia y Disciplina Escolar: Promover la defensa y respeto a los derechos de los niños, niñas y adolescentes, mediante la implementación de una propuesta de Convivencia y Disciplina Escolar, que promueva un clima institucional democrático orientado a la prevención del acoso escolar, el maltrato físico, psicológico, acoso y agresión entre estudiantes (bullying), abuso sexual, la explotación sexual comercial infantil, la trata de personas, el trabajo infantil y el trabajo forzoso.

4. EDUCACIÓN AMBIENTAL, DE GESTIÓN DE RIESGOS, PARA LA CONSERVACIÓN DE LA SALUD Y COMUNITARIA

En EBR, EBE, EBA y ETP se tiene la obligación de promover y desarrollar acciones de educación preventiva para lo cual deben:

La IE pública y privada:

- Aplicar el enfoque ambiental en sus componentes de gestión institucional, gestión pedagógica, educación en salud, educación en ecoeficiencia y educación en gestión del riesgo de acuerdo con la normatividad vigente, la misma que se encuentra en la página web www.minedu.gob.pe/educam.
- Elaborar el Plan de Gestión del Riesgo 2011 y realizar las acciones pedagógicas correspondientes con el fin de fortalecer las acciones de prevención, atención y vigilancia frente a los riesgos de desastres de origen natural y antrópico.
- Promover en coordinación con las instituciones pertinentes, acciones de educación ambiental para la protección, preservación y uso responsable de las áreas naturales protegidas (ANP).


- Implementar acciones para el desarrollo de:
- El Año Internacional de los Bosques
- El tema transversal “Educación en Gestión del Riesgo y Conciencia Ambiental”
- El Plan de Gestión del Riesgo de la I.E
- Fortalecer las acciones de prevención, atención y respuesta frente a los riesgos de desastres de origen natural y antrópico para garantizar el derecho a la educación aun en situaciones de emergencia.
- Dar cumplimiento a las normas para la implementación de simulacros en el Sistema Educativo de conformidad con la R.M Nº 425-2007-ED.
- El simulacro es un acto pedagógico en el cual los alumnos, docentes y personal administrativo de la institución educativa participan en una emergencia prediseñada (ficticia) para un determinado fenómeno.
- Participar de las fechas establecidas para los simulacros nacionales con el fin de fortalecer la educación preventiva y atención de desastres y emergencias.
- SIMULACROS A NIVEL NACIONAL
- Primer simulacro el día miércoles 20 de abril “Día Mundial de la Tierra”
- Segundo simulacro el día martes 31 de mayo “Día de la solidaridad”
- Tercer simulacro jueves 11 de agosto.
- Cuarto simulacro Jueves 13 de octubre “Día internacional de la reducción de desastres”
- Quinto simulacro “Jueves 17 de noviembre 2011.


- Desarrollar actividades educativas para promover el uso y conservación del agua en el marco del fortalecimiento de conciencia ambiental.
- Continuar impulsando las medidas preventivas y sanitarias en las IE frente a posibles rebrotes del cólera y la gripe AH1N1 y el brote de la gripe AH1N2.
- Garantizar las condiciones sanitarias adecuadas y el buen estado de los alimentos de los centros de expedición que estén ubicados dentro de la IE.

La IE pública:

- Desarrollar proyectos educativos ambientales previo diagnóstico, comprometiendo a toda la comunidad educativa local.
- Constituir o actualizar el Comité Ambiental, considerando sus componentes de gestión institucional gestión pedagógica, educación en salud, educación en ecoeficiencia y educación en gestión del riesgo, con participación de la comunidad educativa, formalizándola con Resolución Directoral.
- Fortalecer las organizaciones estudiantiles de carácter ambiental y promover la constitución de las Fiscalías Escolares Ambientales en el nivel de educación secundaria.

Las DRE, UGEL y Municipalidad tienen la responsabilidad de:

- Ejecutar el proceso del Registro Nacional de las Organizaciones que brindan Educación Comunitaria (RENOEC) de conformidad con el Decreto Supremo Nº 013-2005-ED.
- Ejecutar la convalidación de aprendizajes debidamente certificados que se logren a través de programas y actividades de Educación Comunitaria de acuerdo a la normatividad respectiva.
- Facilitar el uso de la infraestructura educativa pública para actividades educativas de la comunidad, siempre y cuando sean de índole promocional, de calidad, pertinentes y sin fines de lucro y no impidan o interrumpan las actividades lectivas y propias de las IE.

5. PROMOCIÓN DE LA CULTURA Y EL DEPORTE

La IE pública debe:

- Realizar y participar, con un enfoque inclusivo, de los siguientes programas y actividades:
- Programa Escuelas Abiertas.
- Programa de Promoción y Defensa del Patrimonio Cultural y Natural.
- Programa Recreativo de Vacaciones 2011.
- Juegos Deportivos Escolares Nacionales 2011.
- Juegos Florales Escolares Nacionales 2011.
- Red Nacional de Orquestas Sinfónicas y Coros Infantiles y Juveniles.
- Feria Nacional de Ciencia y Tecnología 2011.
- Garantizar la participación de todos los estudiantes con y sin discapacidad en las diferentes actividades culturales y deportivas.

La IE privada:

- Puede participar, con un enfoque inclusivo, de todos los programas, actividades y concursos u olimpiadas que se convocan a nivel nacional.
- Debe hacer de conocimiento del alumnado y padres de familia de las convocatorias nacionales.
- Debe garantizar la participación de todos los estudiantes con y sin discapacidad en las diferentes actividades culturales y deportivas que realiza la IE.

Las DRE, UGEL y Municipalidad:

- No deben realizar, autorizar ni auspiciar eventos similares. Estas actividades serán normadas por directivas específicas, emitidas por la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte del Ministerio de Educación.

6. INVESTIGACIÓN Y SUPERVISIÓN EDUCATIVA

Investigación Educativa

- El MED promoverá la investigación educativa, propiciando espacios de intercambio e innovación que fortalezcan la calidad educativa en el país.
- Las DRE y UGEL:
- Promoverán en las redes educativas la investigación de la práctica docente u otras áreas, propiciando espacios de intercambio e innovación educativa en su región, que fortalezcan las capacidades de los docentes.
- Promoverán, asesorarán y supervisarán a las IE que deseen desarrollar acciones de investigación educativa.
- En coordinación propiciarán espacios públicos para presentar y socializar los productos y resultados de experiencias exitosas de las redes educativas en su región.
- La UGEL deberá informar a la DRE sobre las IE que realicen investigación, con el fin de estimularlas mediante una RD de felicitación, una vez verificada su realización.

Supervisión Educativa

- El Ministerio de Educación en concordancia con la RVM Nº038-2009-ED realizará acciones de Supervisión.
- Las Misiones de Supervisión Pedagógica constituyen una de las estrategias de supervisión establecidas desde el MED, que incluye las visitas a IE públicas y privadas, con el objetivo de verificar el estado de los procesos, los avances y dificultades de las IE en el área pedagógica y retroalimentar a las Municipalidades, UGEL y/o DRE en el marco del cumplimiento de sus funciones.
- Las DRE, UGEL e IE públicas y privadas brindarán el apoyo respectivo al MED, así como desarrollarán acciones para implementar las recomendaciones derivadas de estas misiones.
La DRE debe:

- Adecuar los alcances señalados en los “Lineamientos y estrategias Generales para la Supervisión Pedagógica” y establecer las directivas específicas relacionadas con la supervisión y monitoreo dirigidos a las UGEL e IE de su jurisdicción.
- Mantener un diagnóstico actualizado del proceso de ejecución de la supervisión pedagógica en su ámbito.
- Desarrollar un proceso de asesoramiento continuo orientado a las UGEL de su jurisdicción en el marco de las acciones de supervisión pedagógica.
- Formular con las UGEL de su jurisdicción y el COPARE el Plan Regional Anual de Supervisión Pedagógica de las IE públicas y privadas. Éste deberá ser aprobado por Resolución de la Dirección Regional de Educación.

La UGEL debe:

- Ejecutar el Plan Regional Anual de Supervisión Pedagógica.
- Involucrar en el proceso de ejecución a los especialistas, coordinadores de las redes educativas e instituciones locales, estableciendo un Comité de Supervisión.
- Brindar a las IE asistencia técnica y asesoría en el marco de las acciones de supervisión pedagógica.

7. TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS PARA MEJORAR LOS APRENDIZAJES EN EL AULA

- La Dirección General de Tecnologías Educativas del MED promueve la aplicación de las Tecnologías de Información y Comunicación y dicta las normas necesarias mediante Resolución Directoral.
- La DIGETE implementa en las IE públicas de Educación Básica Regular:

- Las Aulas de Innovación Pedagógica (AIP) Educación Primaria y Secundaria como escenarios de aprendizaje en los que las TIC se integran en las actividades pedagógicas permitiendo el desarrollo de las capacidades fundamentales y de los contenidos de las áreas curriculares en los estudiantes y docentes. El Programa Una Laptop por Niño en la versión una computadora – un niño/a continuará aplicándose en las IE unidocente y algunas multigrado seleccionadas.

- Los Centros de Recursos Tecnológicos (CRT) como complemento y ampliación de los alcances del programa una Laptop por Niño, en versión una computadora virtual por niño, se constituyen en escenarios donde se organizan los recursos TIC para su aplicación en ambientes como: el Aula de Innovación Pedagógica, el aula de clases, la biblioteca y otros espacios no convencionales, como salas de lectura o espacios abiertos de la IE.

- El profesor a cargo del Aula de Innovación en Primaria o Secundaria debe certificar especialización, capacitación o experiencia en Computación e Informática.

Las DRE, UGEL y Municipalidad deben:

- Asegurar la ejecución de las acciones de Acompañamiento Pedagógico y Monitoreo a las IE beneficiarias del Programa Una Laptop por Niño (primera y segunda etapa), del Programa Aula de Innovaciones, de las IE de Educación a Distancia y de los convenios nacionales e internacionales que se desarrollan.
- Impulsar el Comité de Tecnologías Educativas en su jurisdicción en cumplimiento de la Directiva Nº 57-2008/DIGETE.
- Monitorear el estricto cumplimiento de los convenios entre el MED y los municipios para garantizar que se cumplan los acuerdos.
- Remitir a la DIGETE los materiales educativos producidos con TIC por las IE y enviados con autorización de las mismas para su publicación en el Portal Educativo Nacional (www.perueduca.edu.pe).
- En cuanto a la distribución de materiales y recursos:
- Mantener actualizada la base de datos de las IE beneficiadas de su jurisdicción, equipamiento, conectividad y asignación de docentes al AIP y/o CRT.
- Distribuir y activar las computadoras XO en las IE en los plazos establecidos según norma específica.
- Respecto al mantenimiento de las computadoras y equipos tecnológicos:
- Formular y aplicar un plan de mantenimiento en su jurisdicción.
- Conformar un equipo técnico encargado de realizar el mantenimiento a los equipos y recursos distribuidos a las IE de su ámbito.
- Realizar el mantenimiento de acuerdo a lo establecido en el “Instructivo para el uso, mantenimiento, almacenamiento y activación de las laptop”, remitido mediante el Oficio Múltiple Nº 089-2008-ME/VGMP/DIGETE, derivando a la DIGETE los casos que no pueden ser resueltos.
- Reportar mensualmente a la DIGETE la operatividad de Internet y de la señal de TV Educativa.
- Promover actividades de aprovechamiento pedagógico de las TIC en las IE de su jurisdicción, a través de capacitaciones, exposiciones, seminarios, ferias y concursos, coordinando con las IE para que brinden sus instalaciones para la realización de los eventos de capacitación.
- Asegurar las previsiones presupuestales para cubrir los gastos de pasaje, alojamiento y alimentación de los docentes que asistan a los eventos.
- Participar en la selección de los docentes formadores, los docentes de apoyo tecnológico (DAT) y especialistas de su jurisdicción, en función del perfil establecido para ser capacitados por la DIGETE.
- Remitir a la DIGETE el consolidado de los informes de capacitación (réplicas del encargado de CRT) de los directores de las IE previa verificación.
- Orientar a la IE para garantizar que un docente se haga responsable del AIP y /o del CRT. Sus funciones serán:
- Administrar el AIP y/o CRT, asegurando el mantenimiento y operatividad de las computadoras, materiales y equipos estableciendo sus horarios de uso y organizando los medios y materiales para el desarrollo de las sesiones de aprendizaje.
- Sensibilizar, capacitar y acompañar a los docentes de su IE en el aprovechamiento pedagógico de los recursos del AIP y/o CRT.
- Emplear los espacios virtuales desarrollados por la DIGETE para la capacitación de los docentes y el reforzamiento del proceso de enseñanza-aprendizaje.

Las IE públicas y privadas deben:

- Promover el aprendizaje integrando las TIC en las actividades pedagógicas, contribuyendo al desarrollo integral de estudiante y brindándoles las oportunidades en el marco de una sociedad del conocimiento.
- Orientar la integración de manera orgánica del uso de las TIC en las diferentes etapas de planificación curricular de la IE: Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Curricular Institucional, Programación Anual, Unidades Didácticas y sesiones de aprendizaje.
- Promover el uso de las TIC para apoyar el aprendizaje de estudiantes con habilidades especiales.
- Promover, acompañar y evaluar la integración de las TIC en los procesos de enseñanza y aprendizaje.
- Velar por el cumplimiento estricto de las normas éticas, morales y de buenas costumbres al emplear las computadoras y otros medios y materiales TIC, prohibiendo el acceso a páginas web de contenido pornográfico y regulando el uso de la Internet según Ley Nº 28119.
- Asegurar que todo software que se utilice cuente con la respectiva licencia de uso.
- De considerarlo seleccionar y remitir a la UGEL de su jurisdicción los materiales educativos producidos con TIC para su revisión y publicación en el Portal Educativo Nacional (www.perueduca.edu.pe). Dicha publicación deberá respetar los derechos de autor.

La IE pública debe:

- Aplicar las normas de instalación y mantenimiento de equipos, seguridad y prevenciones emitidas por la DIGETE, según R.S.G. Nº 503-2003-ED y la Directiva Nº 03-2005. Al término de la garantía con que el Ministerio entrega los equipos, las IE asumen, con apoyo de las DRE y UGEL, el mantenimiento y soporte de los mismos.
- Proporcionar ambientes adecuados y seguros para el funcionamiento de los CRT y/o AIP organizándolos como escenarios de difusión y aprovechamiento educativo y como centros de capacitación de aplicación de las TIC.
- Promover el aprovechamiento, por los estudiantes y docentes, de los programas televisivos transmitidos a través de la Señal de Televisión Educativa – DIGETE.
- Implementar los programas educativos de aplicación de tecnología en la educación vía convenios de cooperación tales como: Intel Educar, Operación Éxito, Alianza por la Educación, IBM KidSmart, Oracle-ThinkQuest, así como los promovidos por la DIGETE: Una Laptop por Niño (1era etapa y 2da etapa) y Aulas de Innovación Pedagógica.
- Recabar antes de concluir el año, las computadoras portátiles entregadas a los estudiantes al inicio del año escolar 2010, las mismas que serán entregadas a los estudiantes al inicio del año escolar 2011.
- Asegurar el acceso libre de docentes y estudiantes al material educativo que distribuye la DIGETE. Su uso y reproducción debe realizarse sin fines de lucro y reconociendo y respetando la autoría del material.
- En cuanto a la capacitación del personal:
- Propiciar y apoyar la participación en cursos virtuales y uso de recursos que la DIGETE proporciona a través del Portal PerúEduca (www.perueduca.edu.pe) para la Educación a Distancia y la Educación Secundaria Rural a Distancia en particular.
- Promover la participación en los diferentes programas: Aulas de Innovación Pedagógica (Intel Educar, Alianza por la Educación, Thinkquest, Operación Éxito, Robótica Educativa) y Una Laptop por Niño (Primera y Segunda Etapa).
- Impulsar el desarrollo de actividades para que estudiantes y docentes elaboren materiales educativos con el uso de TIC e implementar un espacio digital donde se recopile los mismos.
- Asegurar que los responsables de las AIP y CRT capaciten a los docentes de su IE en el manejo de las TIC sin alterar el horario de clases.
- Informar sobre las actividades de capacitación realizadas en el CRT y AIP, en especial, las réplicas de los encargados de cada uno, a la UGEL de su jurisdicción.
- Asegurar el uso de internet exclusivamente dentro de la Institución Educativa con fines educativos y tener como página de inicio configurada el portal educativo peruano: www.perueduca.edu.pe

1 comentario:

Anónimo dijo...

EXCELENTE INFORMACIÓN TÉCNICA,PEDAGÓGICA Y FORMAL.FELICITACIONES!
UNA PREGUNTA:¿CUANDO EL DIRECTIVO HACE USO DEL MIEDO, LA PRESIÓN, LA MANIPULACIÓN Y POR SUPUESTO DE LA IMPUNIDAD QUE LEGISLACIÓN PROTEGE AL PERSONAL?
stellamaris_pipi@hotmail.com